Las personas que de otra manera son elegibles para una visa temporal, de no inmigrante o para una visa permanente (tarjeta verde) sin embargo, se les puede negar la aprobación de visa debido a violaciones de inmigración previas o condenas penales. Ciertas condenas penales pueden ser lo suficientemente graves como para resultar en procedimientos de expulsión, incluso para las personas que han sido residentes permanentes durante muchos años. A menudo, estas transgresiones pueden ser perdonadas a través de la aprobación de una renuncia o perdón de la ofensa. Estas exenciones surgen debido a muchas circunstancias diferentes, pero generalmente tienen un requisito común: el solicitante debe probar que el hecho de no conceder la exención resultará en dificultades extremas para un pariente familiar cercano que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
Revisamos brevemente las situaciones más importantes en las que surgen solicitudes de exención.
Presencia ilegal
El mayor obstáculo para el estatus migratorio legal para la mayoría de los solicitantes es la acumulación de “estatus ilegal”. Por lo general, si usted ha estado ilegalmente presente en los EE.UU. por más de 6 meses, activará una barra de 3 años para volver a entrar una vez que salga de los EE.UU.; la presencia ilegal de más de 1 año desencadenará una barra de 10 años para volver a entrar. Dado que la ley generalmente requiere que usted deje los EE.UU. para “ser legal” si actualmente es ilegal o “fuera de estatus” en los EE.UU., es probable que active las barras de 3 o 10 años para obtener una tarjeta verde o para calificar para visa de no inmigrante. Hay varias excepciones importantes a esta regla (como el matrimonio con un ciudadano estadounidense junto con una entrada legal) Presencia ilegal a menudo se convierte en un bar a la residencia permanente u otro estatus legal en los EE.UU. si usted ingresó ilegalmente o violó los términos de su admisión legal. Sin embargo, hay una exención disponible si usted tiene un “pariente calificado” que es un padre o cónyuge y es un ciudadano estadounidense o residente permanente y puede probar que el hecho de no obtener el estatus migratorio aplicable resultaría en dificultades extremas para el pariente calificado. Las regulaciones actuales pueden permitirle solicitar esta exención en los EE.UU. en lugar de esperar en el extranjero para una aprobación con el riesgo obvio de que si se deniega la exención, usted está varado fuera de los EE.UU. Además, estas solicitudes se presentan ante una oficina central de USCIS en los Estados Unidos, lo que resulta en adjudicaciones más estandarizadas y una tasa de aprobación más alta que en el pasado.
Fraude de inmigración
Una amplia variedad de declaraciones falsas, documentos inapropiados o alterados y mentiras directas que se incluyen en las solicitudes de inmigración pueden resultar en una constatación de fraude de visa y una denegación de un beneficio de inmigración. Entrar o intentar ingresar a los EE.UU. con un pasaporte falso o no revelar un nombre anterior o solicitud de inmigración son ejemplos comunes. Algunos fraudes migratorios pueden ser superados a través de una exención si usted puede mostrar dificultades extremas a un padre o cónyuge que es un ciudadano de los Estados Unidos o un residente permanente. Este proceso de exención es similar pero no idéntico al proceso de exención para superar las barras de presencia ilegal.
Condenas penales
Las condenas por delitos relativamente menores pueden ser pasadas por alto por la inmigración estadounidense bajo la excepción de “delito menor”. Las condenas más graves, particularmente aquellas que involucran “turpitud moral” como condenas que involucran drogas, violencia o penas de prisión de más de 6 meses a menudo requerirán una exención y los delitos más graves, conocidos como “delitos agravados” pueden hacer que no sea elegible para una exención. Las exenciones que implican condenas penales se encuentran entre los temas de inmigración más complicados bajo la ley y siempre requerirán la experiencia de un abogado de inmigración bien informado y experimentado, preferiblemente trabajando con su abogado penalista incluso antes de que se ingrese una declaración. Estas exenciones difieren de las exenciones descritas anteriormente en muchos aspectos, incluyendo el hecho de que un niño que es un ciudadano estadounidense o residente permanente puede servir como pariente calificado.
Deportaciones previas
La mayoría de los pedidos de deportación dan como resultado una barra de 10 años que debe ser ser servida fuera de los EE.UU. Volver a entrar sin una visa durante este período puede resultar en una barra permanente. Sin embargo, en algunos casos puede ser posible solicitar una exención de esta barra mientras esté en los Estados Unidos, especialmente si se hace junto con una renuncia a la barra de presencia ilegal. Como alternativa final, es posible que deba salir de los EE. UU. y permanecer fuera hasta que se apruebe una exención.